Facturas simplificadas o completas
F1, F2 y F3 — cuándo es legal una factura simplificada, el tope de 3.000 € que sí se aplica de verdad, y la sustitución en una sola llamada que convierte un lote de tiques en una factura completa.
La ley española distingue la factura completa (F1), que identifica al
destinatario y le permite deducir el IVA, de la factura simplificada (F2),
el tique que el comercio entrega en el mostrador. Cuando un cliente necesita
después un documento deducible por un lote de tiques, la ley prevé un tercer
tipo: la factura sustitutiva (F3), que agrega varias simplificadas.
Cuándo aplica
La factura simplificada está disponible en operaciones de tipo minorista por debajo de un importe legal. Nunca lo está en los casos de abajo, y la comprobación de admisibilidad los evalúa en este orden exacto — gana el primero que casa:
| Condición que la bloquea | reason_code |
|---|---|
| Operación intracomunitaria | intra_community |
| Inversión del sujeto pasivo | reverse_charge |
| Destinatario fuera de España (exportación) | export_operation |
| El cliente necesita una factura deducible | client_deduction_required |
| Total por encima del tope legal absoluto | over_absolute_limit |
El tope que el software sí aplica es de 3.000 € con IVA incluido — el máximo
que puede alcanzar cualquier factura simplificada según el RD 1619/2012 art. 4,
sea cual sea el sector. Superarlo responde 422 con el código de motivo
over_absolute_limit (BR-INV-009).
El umbral general de 400 € del mismo artículo no se aplica. Factuarea no pide a la empresa que declare su sector económico, así que no puede saber si le corresponde el límite elevado. Mantenerse por debajo de 400 € cuando tu sector no da derecho a la cifra mayor es responsabilidad fiscal del emisor, no algo que la API vaya a impedirte.
El catálogo de impuestos no cambia entre los dos tipos. A una F1 y a una F2
les aplican los mismos tipos de IVA; lo que difiere es el contenido obligatorio
del documento, el tope de importe y la identificación del destinatario
(BR-TAX-011).
Qué envía la API
Pregunta antes de decidir
POST /v1/invoices/simplified-eligibility,
scope invoices:read. Pensado para flujos de caja y de punto de venta que deben
elegir el tipo de documento antes de crear nada.
curl -X POST https://api.factuarea.com/v1/invoices/simplified-eligibility \
-H "Authorization: Bearer fact_live_3pXnR2VbY7TcA9eFmN5z8KqW" \
-H "Content-Type: application/json" \
-d '{"total": 3400, "client_country": "ES"}'{
"data": {
"can_be_simplified": false,
"must_be_complete": true,
"reason_code": "over_absolute_limit",
"reason_message": "El importe 3.400,00 EUR supera el límite de 3.000,00 EUR para una factura simplificada.",
"sector_limit": 3000
}
}total es obligatorio y es el importe con IVA incluido. client_id,
client_country, is_intra_community, is_reverse_charge y
client_requires_deductible son entradas opcionales a las condiciones de bloqueo
de arriba.
Crear una factura simplificada no es una operación de la v1
POST /v1/invoices no
tiene campo type ni bandera de simplificada, y client_id es obligatorio. La
API pública no puede emitir una F2. Toda factura creada por la v1 es una
factura completa.
Es una frontera real, no una omisión que puedas sortear con un truco de payload. Si tu punto de venta emite facturas simplificadas, se crean por el panel o por la superficie de punto de venta; lo que la v1 te da sobre ellas es la comprobación de admisibilidad, la lectura y la sustitución de abajo.
La consecuencia para el tratamiento de errores: el 422 por una línea de
suplido dentro de una factura simplificada es inalcanzable desde
POST /v1/invoices y solo se alcanza por el endpoint de rectificativa sobre un
original simplificado — ver Suplidos.
Sustituir facturas simplificadas, en una sola llamada
POST /v1/invoices/substitute-simplified,
scope invoices:write. Pasas el destinatario y la lista de facturas
simplificadas que quieres agregar; recibes una F3 completa, ya emitida, con
número definitivo de serie:
curl -X POST https://api.factuarea.com/v1/invoices/substitute-simplified \
-H "Authorization: Bearer fact_live_3pXnR2VbY7TcA9eFmN5z8KqW" \
-H "Content-Type: application/json" \
-d '{
"client_id": "0197a2a8-4cf0-7a31-9a5e-3f2b8c1d6e42",
"simplified_invoice_ids": [
"0197b1c2-3d4e-7f50-8a61-b2c3d4e5f601",
"0197b1c2-3d4e-7f50-8a61-b2c3d4e5f602"
],
"notes": "Consumos de junio"
}'Cada factura simplificada de la lista se valida
(BR-INV-015): la lista no puede estar vacía ni tener
duplicados, cada factura debe pertenecer a tu empresa, cada una debe ser
realmente una F2, ninguna puede estar anulada ni cancelada, y ninguna puede
tener ya una sustitutiva. Cuando falla, el 422 nombra el número de la factura
que lo provoca.
La F3 nace emitida, y sus líneas son agregados: una línea por factura
sustituida, descrita como la sustitución de ese número de factura, con cantidad
uno y el total bruto original como precio unitario, y sin impuesto propio —
el IVA ya se repercutió en la factura simplificada.
La sustitución no anula los originales. Cada F2 conserva su estado fiscal y
simplemente deja constancia de que ha sido sustituida; el objeto factura lo
expone como substituted_by. Una F3 sí se puede rectificar, como
cualquier factura completa —los códigos R1–R4 valen igual para F1 que
para F3, ver Facturas rectificativas—. Lo que
una F3 no puede ser es sustituida: solo una F2 puede ser objeto de una
sustitución, y solo una F3 puede llevar facturas sustituidas
(BR-INV-016).
Qué sale en el PDF
La diferencia visible es el bloque de destinatario. Una factura completa imprime
el nombre, el NIF y la dirección del destinatario, congelados en el momento de
emitir; una simplificada puede legítimamente no tener ninguno, e imprime en su
lugar el marcador de consumidor final (BR-INV-024).
La F3 se imprime como una factura completa ordinaria — un bloque de
destinatario completo y una línea por cada tique sustituido, nombrando cada
número de factura sustituida.
Qué llega a la AEAT
El tipo de factura viaja como el TipoFactura de la AEAT en el registro
VeriFactu y es visible en el objeto registro como invoice_type: F1, F2,
F3, o R5 para una rectificativa de una simplificada. El registro señala
además si sustituye facturas simplificadas (BR-VFC-014).
El tipo tiene también consecuencias en las declaraciones periódicas
(BR-TXR-004):
- Una
F3sin NIF de destinatario levanta un aviso no bloqueante en la declaración trimestral de IVA: es inusual, pero legítimo si el tique original tampoco lo tenía. - Una
F2con cliente registrado pero sin NIF levanta también un aviso. - Una
F2sin NIF alguno queda excluida de la declaración anual de operaciones con terceras personas (Modelo 347) por norma de la AEAT, y la exclusión se informa como aviso.
Ninguno de ellos bloquea la generación. El informe se produce y los avisos se devuelven junto a él, como lista vacía cuando no hay ninguno. Bloquear sería un falso positivo frecuente.
Trazabilidad
Derivado de las reglas de dominio del backend de Factuarea:
BR-INV-009— el tope aplicado de 3.000 €, el umbral no aplicado de 400 € y las operaciones que descartan la factura simplificada.BR-INV-015— sustitución de facturas simplificadas por unaF3, sus validaciones y sus líneas agregadas.BR-INV-016— solo unaF3lleva facturas sustituidas, y nunca una lista vacía.BR-INV-024— el snapshot inmutable del destinatario, y su ausencia en un tique de consumidor final.BR-TAX-011— el catálogo de impuestos es idéntico para ambos tipos; el límite pertenece a la facturación, no al catálogo.BR-VFC-014— los tipos de factura de la AEAT y cómo se resuelve el tipo.BR-TXR-004— avisos no bloqueantes de calidad fiscal paraF2yF3sin NIF.
Los códigos de motivo del 422 citados en Cuándo aplica vienen del
servicio de dominio de admisibilidad que materializa BR-INV-009.